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Desbalance entre contributivos y subsidiados
Para garantizar el acceso universal a la salud, la Ley 100 de 1993 definió dos regímenes: el subsidiado, en el que estaría la población desempleada, y el contributivo, al que pertenecerían las personas con trabajo y capacidad de aporte. De acuerdo con la norma, esos aportes se destinarían para contribuir al sostenimiento del sistema, de modo que el desvalido también pudiera tener asegurada su atención en salud. Según las proyecciones de entonces, se esperaba que en el futuro subsiguiente las dos terceras partes de la población tendrían empleo, y en consecuencia la obligación de aportar. Con esos recursos, el sostenimiento del sistema estaba asegurado, inclusive para subsidiar al resto de usuarios. Pero los cálculos fallaron, la evolución del empleo no fue la esperada, las metas de ocupación decrecieron y los aportes no llegaron en la proporción proyectada. Hoy, la situación del sistema en relación con los aportes es inversa al sueño del legislador de 1993: los contributivos son la minoría frente al cada vez mayor número de nuevos afiliados al régimen subsidiado.
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