(Página 4 de 4)
¿ Adicionalmente, la Comisión encontró un factor particularmente preocupante, que indica una vulneración del principio de no discriminación, uno de los pilares fundamentales de la protección de derechos humanos, en relación con las personas que fueron consideradas especiales por parte de la fuerza pública y de quienes fueron víctimas de desaparición forzada. En efecto, la consideración de la juventud de las personas, su condición social, su raza o lugar de origen, así como, para el caso de los desaparecidos, el oficio que desempeñaban en el Palacio, fueron elementos de discriminación, estigmatizantes y violatorios en consecuencia de un principio fundamental, que constituye norma de derecho imperativo -jus cogens.
¿ Pese a la gravedad de tales conductas, que afectan, tanto a las víctimas directas de los hechos como a sus familiares en su derecho a la integridad física, síquica y moral, la Comisión de la Verdad no encontró pronunciamientos definitivos de la justicia colombiana que indiquen la realización de investigaciones serias que garanticen el juzgamiento de los responsables, así como la adopción de medidas de no repetición de estos hechos, los cuales representan un menoscabo del Estado democrático de Derecho.
Descargue en informe final en Recursos Relacionados.