No es conveniente que se utilice el mecanismo de la tutela para frenar extradiciones

Carlos Mario Jiménez, alias 'Macaco', no podrá ser extraditado por ahora, por una tutela. Foto: Rodrigo Sepúlveda / Cambio

SIGUE LA extradición en el centro de la agenda pública nacional, ahora por la solicitud del Consejo de la Judicatura seccional Cundinamarca para que el gobierno suspenda el envío  a los Estados Unidos del paramilitar narcotraficante Carlos Mario Jiménez conocido con el alias de 'Macaco'.

Para entender todo este maremágnum es preciso recordar  cómo ha sido el tratamiento jurídico de la extradición en los últimos treinta años en  Colombia. Es un mecanismo que se ideó en el mundo para combatir la delincuencia  transnacional, en virtud del cual, si un delincuente comete un delito en el exterior y luego se refugia en su propio país o en otro, el país de lugar de comisión del  crimen lo pueda pedir para que responda  por el delito donde este se consumó. Así de sencilla era la figura antes de que comenzaran todas las distorsiones principalmente alrededor del auge de los carteles cuyos jefes empezaron a ser pedidos en extradición. En 1980, el Congreso -sin mayor discusión- aprobó el tratado de extradición con Estados Unidos que permitía la entrega de nacionales vinculados al tráfico de estupefacientes. Ese compromiso bilateral fue ampliado luego cuando el país suscribió la Convención de Viena de 1988.

Tan pronto los narcotraficantes se dieron cuenta del peligro que corrían de ser extraditados comenzaron  su brutal campaña contra el tratado. Se iniciaron las amenazas contra los magistrados de la Corte Suprema que no quisieron declararlo  inconstitucional. Los llamados "extraditables" hicieron famoso el lema de que preferían una tumba en Colombia antes que una cárcel en el exterior. Despegaron  la larga cadena de asesinatos contra todo aquel que se le opusiera a sus propósitos de echar abajo la extradición. Llegaron al extremo de matar a un joven abogado rosarista  a la salida de La Porciúncula, simplemente por haber defendido el tratado en un programa de televisión. El gobierno de Betancur, por motivos de soberanía nacional, se abstuvo de extraditar nacionales. Cambió de posición en la catedral de Neiva frente al cadáver del ministro Lara Bonilla,  cruelmente asesinado por los capos del cartel de Medellín.

Los 'narcos' insistieron en tumbar el tratado y la Corte Suprema se negaba a darles la razón. El magistrado Gaona, el día  de la toma del Palacio de Justicia llevaba una ponencia salvando el tratado. Después de esa sí "hecatombe" -como lo presagiara Reyes Echandía- la Corte  que sucedió a los sacrificados en votación dividida y con el concurso de un conjuez, declaró la inconstitucionalidad del Tratado. Después mataron a Guillermo Cano, a Carlos Mauro Hoyos y a Enrique Low Murtra, e intentaron matar a Enrique Parejo en un invierno de Budapest. El gobierno Barco "se dio la pela" y por un decreto de estado de sitio restableció la  extradición por vía administrativa. Los narcoterroristas siguieron asesinando dirigentes, periodistas, policías. Mataron a Luis Carlos Galán, porque consideraban que los extraditaría.

El presidente Barco prefirió hundir una reforma constitucional porque unos parlamentarios, el 30 de noviembre de 1989, introdujeron lo que se llamó un "mico" consistente en someter el tema de la extradición a un referendo. Se dijo entonces que este Congreso deslegitimado por pretender hacerle favores a los 'narcos' no podía reformar la Constitución. Y caímos en la Constituyente, estimulada por los estudiantes indignados por la muerte de Galán. Qué ironía, esa constituyente prohibió la extradición de nacionales, que había sido la bandera de los extraditables. Si hubieran pensado que en un gobierno de Galán  no se les iba a extraditar, muy seguramente el valeroso líder estaría vivo y hubiera sido presidente de Colombia.

El tema de la extradición por primera vez en la historia se llevó a la Constitución Nacional. Antes  era un asunto de los Códigos Penal, de Procedimiento Penal y de los tratados públicos. Pero los 'narcos' lograron que su "tema bandera" quedara en la Constitución como se  desprende de la lectura del extraordinario libro de Gabo Noticia de un secuestro.

Y otra vez las paradojas. Fue el Congreso despojado de su función constituyente por el tema de la extradición en 1990, el que la restableció en 1997, bajo el gobierno de Ernesto Samper.

El mecanismo siempre ha sido el de que la Corte Suprema emite un concepto previo que obliga al Gobierno cuando es negativo. Siendo positivo, el Presidente -por las más diversas razones- puede abstenerse de extraditar. El gobierno de Betancur, con sólidas razones, alegó la defensa de la soberanía nacional. Esa postura aparece hoy reivindicada cuando vemos que, por ejemplo,  a  'Simón Trinidad' solo se le va a poder sancionar en Estados Unidos por el secuestro de los tres americanos, delito cometido íntegramente en Colombia.

Lo que resulta censurable es que la extradición se haya convertido en un instrumento de negociación política.

Es válido que por ejemplo la Corte Suprema -al emitir el concepto- condicione su cumplimiento a la previa aplicación de penas por graves delitos cometidos en el país. Aquí el tema es el de si para nosotros es más importante extraditar a alguien para que responda por el envío de unos kilos de coca, que dejarlo aquí para que lo haga por masacres, asesinatos y corrupción política.

Lo que no parece conveniente hacia el futuro es que se utilice la tutela para frenar la extradición. Debe dejarse, como ha sido siempre, la última decisión al Presidente para que, consultando los intereses nacionales, determine en qué casos a pesar de un concepto positivo de la Corte puede suspender la extradición. Si prospera esa tesis, se estaría trasladando la competencia del Presidente a los jueces de tutela. Por la naturaleza del tema que ahora se discute -obligar a 'Macaco' a que responda por las masacres, indemnizar a las víctimas y decir todo lo que sabe sobre corrupción política- hay la tendencia a avalar la tutela. Pero a futuro y en otros casos de 'narcos' puros, la tesis puede resultar de imprevisibles consecuencias.

POR ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ,
jurista y político.

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