Julio 28 de 2007

Salidas de emergencia

Trabado el proceso de paz con las Auc, el Presidente anunció que insistirá en el tema de la sedición.

EL PASADO JUEVES al mediodía, el presidente Álvaro Uribe llamó por teléfono al presidente de la Corte Suprema de Justicia, César Julio Valencia Copete, con la intención de limar asperezas. La situación estaba tensa.

Días antes, el martes 24, los paramilitares recluidos en Itagüí habían anunciado que no seguirían entregando bienes y fosas comunes y que iban a suspender sus versiones ante los fiscales, porque la decisión de la Corte Suprema que le negó a un desmovilizado la posibilidad de ser procesado por sedición ponía en riesgo el proceso.  Y un día después, el Presidente salió al quite y dijo que insistiría en el tema de la sedición, tumbado por la Corte Constitucional de la Ley de Justicia y Paz por vicios de forma. Uribe dijo que era necesaria una ley que "o aplique el delito de sedición para poder resolver el problema de los 18.000 desmovilizados a quienes todavía no les ha cesado la acción, o dar la posibilidad de que, sin calificar el delito como político, también les cese la acción y se les reconozcan los beneficios a los que tienen derecho". Para Uribe -como para los jefes de las Auc-, el proceso quedaba malherido por la decisión de la Corte.

El pronunciamiento no fue bien recibido en la Corte, donde se habló de injerencia indebida del Ejecutivo, molestia que dejó plasmada la Sala Penal en un comunicado en el que advertía que quienes tienen "especiales responsabilidades con el país" debían proceder con prudencia para no crear la falsa sensación de que la Corte es un obstáculo para el proceso de paz porque no acepta que el delito común se convierta en delito político.

Así las cosas, la llamada de Uribe al presidente de la Corte el pasado jueves, demostraba que se daba por notificado. En ella, el Presidente le pidió a Valencia una reunión con los magistrados de la Corte para evitar un conflicto y emprender la búsqueda conjunta de una salida para salvar el proceso con los paramilitares sin violar la Constitución.

En el mismo momento en que Uribe y Valencia concertaban la reunión, fiscales y colaboradores de la Unidad de Justicia y Paz se reunían para definir qué hacer en caso de que los desmovilizados mantuvieran su decisión de no presentarse a las audiencias de versión libre y se negaran a confesar sus delitos.

Todos estaban de acuerdo en que los paramilitares se exponían a perder los beneficios de la Ley de Justicia y Paz y a quedar en manos de la justicia ordinaria, pero dijeron que convenía abrir un compás de espera. "Lo cómodo para todos sería enviar los casos a los magistrados del Tribunal de Justicia y Paz para que ellos decidieran sobre la perdida de los beneficios -dijo uno de los fiscales-. Pero no podemos actuar de manera obtusa, porque este es también un proceso paz y por ende un proceso político".

Por lo pronto, han empezado a ventilarse posibles fórmulas para desenredar el proceso. CAMBIO habló con expertos para analizar los pros y contras de algunas de ellas.

Tutela

El abogado Abelardo de la Espriella, uno de los principales promotores de la idea de que los paramilitares deben ser tratados como delincuentes políticos, presentará esta semana una tutela contra la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que advierte que el Estado no puede caer en el "funesto error" de reconocer esa condición a quienes han cometido crímenes de lesa humanidad. El argumento: la decisión de la Corte no sólo desconoce el principio de favorabilidad en la aplicación de la ley penal, sino que vulnera el derecho fundamental a la paz reconocido por la Constitución.

En conversación con CAMBIO, De la Espriella dijo que ha calculado riesgos y posibilidades. Da por descontado que la Corte rechazará la tutela con el argumento de que no procede contra sentencias judiciales, caso en el cual queda en libertad de interponer la acción ante otro juez, que podría ser el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca. Si tampoco prospera, queda abierta la posibilidad de una revisión por parte de la Corte Constitucional.

De la Espriella y otros amigos de su idea están convencidos de que la Corte Constitucional, que en breve tendrá un miembro nuevo, lo más probable un conservador amigo del Gobierno, abriría las puertas para un cambio en la calificación del delito imputado a la mayoría de los desmovilizados, concierto para delinquir, por el de sedición.

El especialista en Derecho Público, Jorge Bolaños Caballero, no está tan seguro de que esta movida resulte. Cree que es muy difícil que la Corte Constitucional cambie de posición después de haber declarado inexequible el artículo 71 de la Ley de Justicia y Paz que reformaba, a su vez, el artículo 468 del Código Penal. Y, además, considera que eso llevaría a que pudiera calificarse como sedición la conducta en la que incurrieron los miembros de los grupos de autodefensa que interfirieron en el normal funcionamiento del orden constitucional.

Conmoción interior

Los que creen que no va a ser posible encontrar una salida política en las instancias judiciales, piensan que el Gobierno tiene la posibilidad de recurrir a medidas de emergencia. Por ejemplo, el ex presidente Ernesto Samper cree que ante la posibilidad de que una inminente ruptura del proceso con las Auc derive en una crisis de orden público y el regreso a las armas de miles de hombres, podría acudirse a la figura de la conmoción interior.

Bajo este régimen de excepción, el Presidente se convierte en legislador extraordinario y puede, mediante decreto, preparar un nuevo marco jurídico. En este caso podría incluir, si no el indulto, figuras como la cesación del procedimiento o las decisiones inhibitorias para quienes se hayan acogido al proceso.

Sin embargo, esta opción implicaría serios riesgos. En primer lugar, las normas sólo rigen durante el estado de conmoción, que tiene un máximo 270 días. Un plazo muy corto a juzgar por la lentitud con que hasta ahora ha avanzado el proceso. En segundo lugar, la Corte Constitucional revisaría de oficio las normas y si las declara inexequibles, podría generar problemas peores que los que hoy tienen frenado el proceso. 

Reforma de la Ley

Una tercera opción es que el Gobierno presente al Congreso un nuevo proyecto de ley para reformar las normas especiales de Justicia y Paz, y que por esa vía vuelva a meter el tema de la sedición que fue tumbado por la Corte por vicios de trámite y no por razones de fondo. En ese sentido, los errores del pasado podrían ser enmendados.

Ante la posibilidad de que el trámite parlamentario sea muy largo, el Gobierno podría enviar un mensaje de urgencia para abreviarlo y remitir una propuesta con un solo artículo. Su texto podría ser idéntico al de la disposición que tumbó la Corte: "SEDICIÓN. Adiciónase al artículo 468 del Código Penal un inciso del siguiente tenor: 'También incurrirán en el delito de sedición quienes conformen o hagan parte de grupos guerrilleros o de autodefensa cuyo accionar interfiera con el normal funcionamiento del orden constitucional y legal. En este caso, la pena será la misma prevista para el delito de rebelión'".

Pero esta opción tampoco estaría exenta de problemas. Para un Congreso como el actual, seriamente cuestionado y contaminado por la parapolítica, le quedaría muy difícil demostrar a la opinión que no está  litigando en causa propia. Muchos tendrían que declararse impedidos: los segundos renglones de los congresistas que están presos y todos los congresistas sometidos a investigación preliminar por la Corte Suprema.

Renegociar el proceso

Aunque más remota, existe también la posibilidad de que Gobierno y paramilitares optaran por negociar ajustes al proceso para incluir las aspiraciones judiciales de los desmovilizados. Sería la "fórmula pragmática" de la que hablan congresistas como Armando Benedetti. "No habría necesidad de desgastarse más en discusiones interminables sobre los alcances del delito político, sino que bastaría con reconocerles a los desmovilizados la posibilidad de obtener beneficios judiciales más amplios con la condición de que no regresen a la guerra", explica el senador del partido de La U.

El proceso con las Auc no ha sido transparente y cada vez es más profunda la sensación de que hay compromisos secretos pactados que el Gobierno no ha cumplido y que la opinión desconoce. El Polo Democrático le ha pedido al Gobierno que le explique al país qué fue lo que realmente pactó con los paramilitares en Ralito. En una situación tan confusa, la pregunta es si será posible que, sentados en la misma mesa, Presidente y magistrados la Corte Suprema encuentren la forma de desatar el nudo gordiano del proceso con las Auc. 

LAS FRASES DEL FALLO

El fallo de la Corte Suprema de Justicia que se convirtió en el florero de Llorente se relaciona con una solicitud de cesación de procedimiento presentada por Orlando César Caballero Montalvo, capturado el 27 de noviembre de 2004 en Mutatá, Antioquia. Caballero le pedía a la Corte que le cambiara la calificación del delito de concierto para delinquir por el de sedición. Estas son algunas frases rescatadas de la providencia mediante la cual el alto tribunal rechazó sus pretensiones:
    "Aceptar que el concierto para delinquir es un delito político lleva al desconocimiento de los derechos de las víctimas".
    "El artículo 71 de la Ley 975 de 2005 materialmente es una norma contraria a la Constitución Política porque asimila indebidamente los delitos comunes con los delitos políticos. Tal presupuesto desconoce no sólo los fundamentos que guían la actuación de ambas clases de delincuentes sino los postulados de la Carta que permiten un trato diferente entre unos y otros".
   "El Estado no puede caer en el funesto error de confundir la delincuencia común con la política. El fin que persigue la delincuencia común organizada, particularmente a través de la violencia narcoterrorista, es el de colocar en situación de indefensión a la sociedad civil, bajo la amenaza de padecer males irreparables, si se opone a sus proditorios designios".

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