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Conmoción interior
Los que creen que no va a ser posible encontrar una salida política en las instancias judiciales, piensan que el Gobierno tiene la posibilidad de recurrir a medidas de emergencia. Por ejemplo, el ex presidente Ernesto Samper cree que ante la posibilidad de que una inminente ruptura del proceso con las Auc derive en una crisis de orden público y el regreso a las armas de miles de hombres, podría acudirse a la figura de la conmoción interior.
Bajo este régimen de excepción, el Presidente se convierte en legislador extraordinario y puede, mediante decreto, preparar un nuevo marco jurídico. En este caso podría incluir, si no el indulto, figuras como la cesación del procedimiento o las decisiones inhibitorias para quienes se hayan acogido al proceso.
Sin embargo, esta opción implicaría serios riesgos. En primer lugar, las normas sólo rigen durante el estado de conmoción, que tiene un máximo 270 días. Un plazo muy corto a juzgar por la lentitud con que hasta ahora ha avanzado el proceso. En segundo lugar, la Corte Constitucional revisaría de oficio las normas y si las declara inexequibles, podría generar problemas peores que los que hoy tienen frenado el proceso.
Reforma de la Ley
Una tercera opción es que el Gobierno presente al Congreso un nuevo proyecto de ley para reformar las normas especiales de Justicia y Paz, y que por esa vía vuelva a meter el tema de la sedición que fue tumbado por la Corte por vicios de trámite y no por razones de fondo. En ese sentido, los errores del pasado podrían ser enmendados.
Ante la posibilidad de que el trámite parlamentario sea muy largo, el Gobierno podría enviar un mensaje de urgencia para abreviarlo y remitir una propuesta con un solo artículo. Su texto podría ser idéntico al de la disposición que tumbó la Corte: "SEDICIÓN. Adiciónase al artículo 468 del Código Penal un inciso del siguiente tenor: 'También incurrirán en el delito de sedición quienes conformen o hagan parte de grupos guerrilleros o de autodefensa cuyo accionar interfiera con el normal funcionamiento del orden constitucional y legal. En este caso, la pena será la misma prevista para el delito de rebelión'".
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