1. ¿Por qué el Consejo de Estado anula las elecciones de 2006 al Senado?
Porque encontró probadas irregularidades en cerca de 35.000 votos que afectan a cerca de 1.500 mesas de votación en diferentes departamentos.
2. Si las elecciones fueron anuladas, ¿por qué los senadores pueden seguir en sus curules?
Por razones de estabilidad institucional y funcional del Congreso. La corporación considera que mientras no termine totalmente el escrutinio ordenado en la sentencia de la sección quinta y se determine el impacto de los votos irregulares en la elección de cada uno, los senadores deben seguir en el ejercicio de sus funciones.
3. ¿Cuántas curules pueden verse afectadas por la decisión?
Solo se sabrá hasta cuando se realice completamente el escrutinio.
4. ¿Anular las elecciones de Senado puede atizar el choque de trenes?
Por ningún motivo. La decisión se tomó en estricto derecho, con fundamento en el régimen vigente y con base en las demandas presentadas y las pruebas aportadas, sin perjuicio de que se pueda o no estar de acuerdo con la determinación.
5. ¿Cómo se explica que la Registraduría y el Consejo Electoral no hayan detectado las irregularidades que sí descubrió el Consejo de Estado?
Por el sistema vigente, pues generalmente el Consejo Electoral no tiene competencia para pronunciarse previamente sobre los aspectos conocidos por el Consejo de Estado. Por eso sería necesario hacer algunas modificaciones al régimen vigente para evitar que ocurran nuevas situaciones como esta.
6. La decisión del Consejo confirma que el fraude electoral es una enfermedad crónica del sistema político.
Por lo menos confirma que infortunadamente persisten conductas irregulares y delictivas que atentan contra la transparencia de las elecciones, lo cual debe ser combatido de manera frontal.
7. ¿Cómo evitar los 'chocorazos'?
Las circunstancias ameritan una adecuación del sistema electoral para adoptar mecanismos que permitan contrarrestar las conductas que atentan contra el sistema de elecciones y afectan la democracia.
8. ¿La labor del Congreso puede verse afectada por la decisión? Están de por medio temas trascendentales como el del referendo reeleccionista.
El fallo no debe alterar el normal funcionamiento del Congreso.
9. Cambiando de tema, ¿qué concepto le merece la negociación de un acuerdo de cooperación militar entre Colombia y Estados Unidos para utilizar bases militares colombianas?
Sobre ese tema no puedo pronunciarme específicamente. Corresponde a las autoridades competentes de las cuales soy respetuoso en cuanto a las determinaciones que adopten.
10. ¿La presencia de tropas extranjeras requiere concepto del Consejo de Estado?
De conformidad con lo establecido en la Constitución Política, en los casos de tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional, de estación o tránsito de buques o aeronaves extranjeros de guerra, en aguas, en territorio o en espacio aéreo de la Nación, el Gobierno debe oír previamente al Consejo de Estado.
¿Quién es?
Nacimiento: Cartagena, 1952.
Estado civil: Casado, cuatro hijos.
Estudios: Derecho y especializaciones en Derecho Administrativo y Comercial, Universidad Externado de Colombia; especialización en Derecho Constitucional Comparado, Instituto de Estudios Europeos de Turín, Italia; candidato a Doctorado en Derecho.
Cargos: asesor jurídico de la Presidencia, secretario de Tránsito y Transporte de Bogotá, magistrado y presidente del Consejo de Estado.
Pasatiempos: sóftbol y música.