Un fallo histórico a favor de la ETB aliviaría las finanzas de la empresa bogotana

El pleito entre la ETB y Movistar es de los de mayor cuantía en la historia reciente del país.

Durante años, los medios de comunicación del país han hecho eco de los millonarios descalabros que sufre el Estado debido a los famosos tribunales de arbitramento. Sin embargo, la historia cambió la semana pasada cuando la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB) consiguió, a través de una acción de tutela, echar por tierra un laudo arbitral que la obligaba a pagar al operador celular español Movistar 230.000 millones de pesos, una cifra cercana a las utilidades que la telefónica distrital obtuvo en 2008.

Para Andrés Pérez, secretario general de la ETB, este fallo es el fruto de la persistencia de su equipo por el respeto del patrimonio público, en especial del vicepresidente jurídico de la empresa -cuando inició el proceso contra Movistar-, Carlos Malagón. El directivo recordó que los reclamos de la ETB relacionados con este caso no se limitaron a las altas cortes nacionales, sino que trascendieron hasta el Tribunal Andino de Justicia.

De acuerdo con la sentencia de la Corte Constitucional, a la ETB le fue vulnerado el derecho fundamental del debido proceso, pues el tribunal de arbitramento convocado para resolver las diferencias entre las dos empresas produjo un laudo con base en normas regulatorias que fueron derogadas.

Así mismo, el fallo determina que este tribunal modificó actos administrativos de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT), función para la cual no estaba facultado.

El fallo se suma a una sentencia publicada -el pasado 29 de enero- por la sección primera del Consejo de Estado, que reconoce que la resolución 463 de 2001 de la CRT estaba derogada. Esta norma, que establecía los esquemas tarifarios para los contratos de interconexión de redes, era fundamental en el proceso arbitral, pues sobre ella se cimentaba el laudo emitido a favor de Movistar, así como el de otro proceso anterior ganado por Comcel.

Temor al coletazo

Aunque la anulación del laudo contra la ETB es una buena noticia para las finanzas de la empresa y de Bogotá, que es su mayor accionista, hay voces en el sector que temen por el alcance de esta tutela. Los expertos señalan sus reservas por la posibilidad de que este fallo limite las facultades de la CRT para intervenir el mercado, en especial ahora que el regulador busca cómo controlar la posición dominante de algunos operadores del mercado.

En el Gobierno se estima que, de quedar en firme la sentencia, la CRT deberá actuar con pies de plomo para no cometer nuevos errores, es decir, generar decisiones claras que no lleven a interpretaciones equivocadas.

Además, se prevé que el Ministerio de Comunicaciones estudie la manera de fortalecer a la CRT a través de un proyecto de ley que ya esté en trámite o de una nueva iniciativa.

Otros analistas advierten que lo sucedido va a dar paso a una mayor judicialización del sector, pues los operadores van a revisar sus conflictos de interconexión actuales con el fin de llevarlos o no a la justicia ordinaria.

"Alguien tiene que pagar por las fallas cometidas", señaló un empresario que pidió no ser nombrado, quien agregó que las contingencias por este tema pueden llegar a sumar 700.000 millones de pesos.

Historia de un pleito

La disputa judicial entre la ETB y Movistar suma ya varios años. Se remonta a 1998, cuando las dos empresas celebraron un contrato de interconexión para el uso de las redes del operador celular con el fin de terminar las llamadas provenientes del exterior que gestiona la telefónica de Bogotá.

En su momento, la ETB acordó pagar a Celumóvil (hoy Movistar) 64,89 pesos por cada minuto de llamada internacional entrante que terminara en su red celular. Sin embargo, el escenario del negocio cambió en el año 2001 cuando la CRT expidió la resolución 463. En ese momento, el operador móvil exigió a la empresa distrital acogerse a dicha norma pues establecía un tope tarifario de 248 pesos por minuto para dichas interconexiones, es decir, 183 pesos de diferencia frente a lo que estaba recibiendo.

ETB se negó a realizar el cambio propuesto y Movistar elevó un reclamo ante la CRT, pero las partes nunca se pusieron de acuerdo. Ante lo sucedido, la empresa celular interpuso un tribunal de arbitramento que profirió en noviembre de 2007 un laudo que obligaba a la ETB a girar a Movistar 109.275 millones de pesos por daño emergente, más intereses de mora.

Respecto a la decisión de la Corte Constitucional, el operador celular anunció que esta semana presentará ante la sala plena de la Corte Constitucional una solicitud de nulidad del fallo emitido por la sala de revisión.

La empresa considera que "esta es una decisión que viola la doctrina constitucional de la Corte en materia de requisitos de procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales y que contradice su jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela ante la existencia de medios ordinarios de defensa efectivos, que en este caso habían sido utilizados por la ETB y no fueron resueltos por el juez competente".

No obstante, el camino para Movistar no es nada fácil, pues en la historia de la Corte Constitucional son contadas las anulaciones de decisiones de tutela revisadas por esa corporación. Además, la ETB anunció durante el fin de semana la posibilidad de que el Consejo de Estado también haya fallado a su favor una demanda contra el mismo laudo, tal y como lo acaba de hacer la Corte Constitucional.

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